Diputado Kirchnerista Estrada imputado por la difusión de fake news, grave error de la Fiscal

Al final tras las declaraciones de los titulares de las direcciones de los IP que en principio resultaron ser la ex asesora del Diputado nacional, Florencia Bustamante y Alonso Javier Allemand asesor municipal y un tercer titular Juan Capisano  creador de una cuenta la Casta Salteña, quien no endilgó su trabajo a Estrada sino al empresario urtubeysista  y saensista Mena Saravia titular de Salta 4000, o el ex intransigente, curiosamente este se sienta a comer la torta publicitaria con el oficialismo.

A partir de allí se realizó la imputación a Emiliano Estrada, por las pruebas presentadas por los “perejiles” de las direcciones de Tik Tok, en la que el diputado le enviaba los mensajes sobre lo que tenían que publicar. Sin embargo a Mena Saravia, todavía no se lo imputa atento a que el perejil Capisano no presentó las pruebas, pero danzando su nombre la “torta” que le correspondía seguramente volverá a las arcas oficiales, dado que huele a traición.  

Así la fiscal penal especializada en Ciberdelincuencia Sofía Cornejo, convocó a conferencia de prensa ayer para informar sobre la imputación al diputado nacional Emiliano Estrada (UxP) por el delito de intimidación pública, y peculado por la supuesta difusión de noticias falsas. 

Con la imputación al legislador ya son cuatro las personas acusadas en esta causa, en la que se investiga la difusión de videos con contenidos en los que «sistemáticamente, se pretendía instalar el convencimiento de una vinculación entre el Gobierno de la Provincia y diferentes funcionarios con actividades relacionadas al narcotráfico», según señaló en su momento el Ministerio Público Fiscal.

Ayer Cornejo comenzó su conferencia de prensa aclarando que el delito de intimidación pública busca castigar toda conducta que cause temor en la sociedad de manera tal que tenga la potencialidad de incidir en el normal desenvolvimiento de los poderes del Estado y «desestabilizar el orden democrático e inconstitucional, auspiciando intervenciones interruptivas de los gobiernos surgidos de la voluntad popular».

También aclaró que el delito que investiga la fiscalía es caracterizado como de acción pública y de competencia ordinaria, y busca proteger el orden público, y no a una persona en particular. Añadió que las personas que pudieran haberse sentido agraviadas por estas publicaciones tienen la posibilidad de presentar una querella por calumnias e injurias (de acción privada) o una acción civil por daños y perjuicios.

Sobre la causa, la fiscal explicó que la investigación se inició en contra de personas no identificadas, titulares o administradores de las cuentas desde las que se difundían estas noticias falsas, ni quienes creaban los videos publicados. Luego, con el avance de la investigación, se imputó a tres personas.

Tras su imputación Estrada salió a responder las acusaciones mediante una solicitada  en un periódico salteño en la que hizo un descargo sobre su persona denunciando también que sufre una «persecución judicial, política y mediática» del gobierno provincial, «sostenida con los recursos de todos nosotros, los salteños».

Recordemos que en las últimas elecciones Estrada había formado un contubernio con otras fuerzas, el olmedismo de Zapata y de Salta Independiente de los Biella, en el denominado espacio «Avancemos», situación que hoy los pone a los tres en la mira para las próximas elecciones.

 El grave error de la fiscal

Es increíble cómo se puede cometer un error al imputar a una pesona, en el caso la fiscal lo imputó ahora al diputado nacional Estrada por «la posible comisión del delito de intimidación pública» y «peculado de trabajos y servicios».

Estos dos delitos más allá de su análisis si corresponde o no está en juego el segundo delito atribuido, el de “peculado”. Este delito es el cometido por un funcionario público que se apropia o usa ilegalmente los bienes y recursos del Estado que recibe o administra. Este delito afecta el patrimonio del Estado.

En el caso Estrada es funcionario nacional, cobra sus remuneraciones del Estado Nacional por lo tanto no existiría un perjuicio por este delito en el Estado provincial. Al imputarse infantilmente con este delito “nacional”, la competencia sería de los juzgados federales, por lo tanto se debería remitir la causa a estos juzgados y no podría actuar en lo sucesivo. Si hubieran deseado que la causa continúe solo le bastaba mantener el primer delito de “intimidación pública”, de dudosa concreción.

De esta manera la causa caería de hecho dado que los delitos por los que se abrió la causa “la intimidación pública”, que tiene un adicional que cumplir para que se configure el delito  no podrá ser probada como tampoco el peculado, por lo que la causa iría a archivo o se desestimaría.

Sin embargo más allá de la continuación de la causa el objetivo original por el que se inició se habría cumplido, se pudo determinar de dónde venían los supuestos insultos, permitiendo ante la opinión pública demostrar la actuación oculta y las traiciones que se dan en el propio marco del oficialismo.