La Corte como siempre, dictó una medida cautelar en el tema Wayar de la Merced, por juicio político

La medida cautelar presentada por el Poder Ejecutivo Municipal, ante la Corte se resolvió después de varios meses mientras ya se lleva adelante el proceso investigativo y con fecha 6 de octubre se hizo lugar a la cautelar solicitada. De esta manera, se ordenó la suspensión de su aplicación, mientras se estudia el fondo de la cuestión que corresponde a la acción de inconstitucionalidad planteada contra la ordenanza N° 11/26 y la nulidad de la misma.

Esta Ordenanza fue sancionada, luego vetada por el ejecutivo e insistida por el Concejo que derivó en su publicación y posterior vigencia. Esto generó por lado la iniciación del juicio político al Intendente por una serie de hechos que podrían caer en la causal de mal desempeño, y que comenzó mediante la etapa investigativa, por el otro lado ante el inicio, de la investigación, se contestó la misma dando efectividad a su participación y al mismo tiempo se presentó la acción de inconstitucionalidad contra dicha ordenanza por considerar la existencia la violación de principios constitucionales.

De esta manera al comunicarse la medida cautelar la Corte de Justicia de Salta le dio un respiro al intendente de La Merced, Javier Wayar, al suspender el juicio político que avanzaba en su contra cuando, según la representación jurídica del Concejo Deliberante, el procedimiento estaba cerca de concluir. Sin embargo, la medida no anuló la Ordenanza que regula el proceso ni resolvió la discusión de fondo: por ahora, solo dejó todo en pausa.

El procedimiento se apoyaba en la Ordenanza 11/2026, aprobada el 31 de marzo y publicada el 29 de mayo. La norma establecía la intervención de una Comisión Investigadora y distribuía las funciones de investigación, acusación y decisión entre los integrantes del cuerpo legislativo municipal.

Wayar cuestionó ese mecanismo ante la Justicia y solicitó que se suspendiera su aplicación. Entre sus argumentos, objetó la creación de una comisión integrada por dos concejales, a la que consideró incompatible con las normas que regulan el funcionamiento del Concejo y con las garantías constitucionales.

También planteó reparos sobre los plazos para delimitar los hechos investigados y formular una imputación, al considerar que la falta de precisiones podía perjudicar su defensa. Además, cuestionó la distribución de funciones entre la comisión encargada de investigar y los concejales que deben resolver una eventual destitución.

La Corte entendió que los planteos merecían una evaluación preliminar y advirtió posibles contradicciones con el artículo 181 de la Constitución provincial, que establece las bases del juicio político municipal. Por eso, resolvió mantener la situación anterior a la sanción de la ordenanza hasta definir la cuestión de fondo.

Sin embargo la discusión la Corte contradice criterios de fallos anteriores sobre la judicialización de los actos preparatorios de un juicio político, por lo que desde asesoría del Concejo Deliberante consideran que la suspensión “se aparta de esos antecedentes, al interrumpir el procedimiento durante su etapa instructiva y antes de que exista una definición sobre el fondo”, dijo. Ahora, el Concejo deberá contestar la acción y defender la norma ante el máximo tribunal provincial, sin perjuicio del análisis de la cautelar.

De esta manera el conflicto promete extenderse y hasta podría quedar abstracto como siempre ocurre con diversos fallos de la Corte, por el manejo de los tiempos.